Hace
tiempo que la ciudadanía ha abierto un debate sobre las llamadas
políticas de género por sus graves consecuencias en la convivencia
de los españoles que uds. parecen ignorar. En un momento político
y social como el actual en que se quieren evitar gastos inútiles,
es si cabe más importante dicho debate. ¿Cuando dejarán uds. de
sorprendernos por su “ desconexión” con los problemas reales
que padece la ciudadanía?
Es
evidente que nuestros intereses y los de uds. no coinciden. A los
ciudadanos y ciudadanas de a pie este tipo de leyes nos perjudican
porque introducen la discriminación y la arbitrariedad en las
reglas de la convivencia social y aumentan la conflictividad
precisamente allí donde dicen combatirla. No se trata de un rechazo
por razones machistas como se argumenta desde una perspectiva
política miope, sino de un verdadero rechazo al sinsentido de una
norma jurídica que atenta contra la democracia.
Para
uds este tipo de leyes basadas en la ideología de género les
proveen de rentabilidad política aunque se trate de leyes injustas,
inoperantes y discriminatorias y hayan contradicho el principio de
igualdad ante la ley penal, principio que justifica el Estado de
Derecho. Pero para el resto de los españoles que se esfuerzan por
seguir adelante contra viento y marea en esta sociedad desigual,
formar una familia, mantener un trabajo, eliminar la violencia y
vivir con dignidad evitando conflictos inútiles, este tipo de leyes
son una auténtica carrera de obstáculos como consecuencia de las
aberraciones jurídicas y de difícil justificación que contienen.
Uds,
señoras y señores parlamentarios dicen representarnos, pero eso
sólo ocurre cuando se subordina la rentabilidad política al Bien
Común. Y este no es el caso. ¿Han leído acaso sus señorías con
atención la Ley Integral contra la Violencia de Género? Si es así,
nos preguntamos cómo se ha podido promulgar dicha ley sin incurrir
en la prevaricación.
Son
uds los principales responsables del daño social que conlleva la
promulgación y aplicación de dicha norma jurídica, especialmente
del aumento de la violencia intrafamiliar. La supresión de la
presunción de inocencia, el tratamiento desigual ante la ley penal
por razón de sexo, la conformación de tribunales especializados que
en la práctica son tribunales especiales para juzgar sólo varones
y un incorrecto enfoque en el tratamiento de la violencia al
confundir la violencia intrafamiliar y la violencia de género no son
la solución sino una de las causas del incremento de la violencia
intrafamiliar que padece nuestra sociedad.
Uds.
saben, mejor que nadie, que hay fundadas razones para que dicha
ley sea abolida y retirada de inmediato del ordenamiento jurídico
español, no obstante no parece interesarles hacerlo. No es extraño
que ocupen uds un papel destacado entre las preocupaciones y
problemas de los españoles.
RAZONES
PARA SU ABOLICIÓN
La
primera razón para su abolición es de carácter teórico, porque
nosotros sí hemos leído el artículo primero de dicha ley que
dice así: La
presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como
manifestación de la discriminación, la
situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres
sobre las mujeres,
se ejerce sobre éstas por parte de quienes sea
o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados
a ellas por
relaciones
similares de afectividad, aun sin convivencia.
Por otro lado, se establece por definición que las relaciones heterosexuales se ejercen dentro de unas supuestas relaciones de poder que los hombres ejercen sobre las mujeres con lo que cualquier varón heterosexual podría ser objeto, como de hecho lo es, de esta ley. ¿Dónde está la excepción para pensar que uds., en cuanto varones que se dedican a la política, no tienen relaciones heterosexuales desde el supuesto esquema de poder y por tanto son culpables de ejercer este tipo de violencia? Es absurdo definir que las relaciones heterosexuales se ejercen desde un esquema de poder pues la principal consecuencia sería que la mujer cuando voluntariamente ejerce la heterosexualidad es también culpable o incapaz de ejercer la sexualidad libremente, lo que equivale a considerarla “ menor de edad” que es realmente cómo es tratada con esta ley. La violencia en general, la violencia intrafamiliar y la violencia contra la mujer deben ser tratadas con leyes igualitarias y no con leyes específicas que introducen el delito de autor, como hace el artículo 153 del Código Penal y la Ley Integral contra la Violencia de Género y por tanto denigran al ciudadano. Y si, como dice la ley. lo punible fuera el poder que se ejerce en la relación heterosexual entonces quienes detentan el poder serían el verdadero objeto de la misma y no el varón ciudadano de a pie que no está revestido de un poder ni político ni económico. En ética y en política los fines no justifican los medios. Uds. saben que esta ley agrava el problema.
Se trata de una ley en la que cualquier ciudadano varón que ha ejercido la heterosexualidad deberá probar que no lo ha hecho desde un esquema de poder, lo que es absurdo puesto que así se establece por definición, es decir como dogma. No se puede entender cual sea el ejercicio de la política en el caso de los varones. La vulnerabilidad a ser acusado por este tipo de delito sería total y por tanto se deduce falta de libertad en el ejercicio de la misma.
La Ley Integral contra la Violencia de Género además de criminalizar claramente la heterosexualidad mezcla los conceptos de violencia de género y violencia doméstica, como ya hemos comentado, dando pie a gran número de complicaciones cuando no aberraciones jurídicas. De hecho los juzgados son incapaces de resolverlas.
Pero hay más, ésta ley mezcla también el concepto de violencia de género y el de violencia estructural de la sociedad. Esta nueva versión del conflicto social parece ser del agrado de sus señorías pues de lo contrario no se entiende que no hayan retirado de inmediato dicha ley. Con ello y para ello se subvierte la lengua castellana en lo que respecta al concepto de género que lo hace exclusivo de un sólo sexo. Se desoye a la RAE que dice que la base lingüística y la estructura semántica de dicho concepto no permite que sea excluyente de uno de los sexos. Se emplea así la falacia lógica y relacional de tomar la parte por el todo.
La segunda razón por la oposición a la ley es de carácter práctico. Es decir, por las consecuencias y por la acción política que se deriva de la misma.
A
más de un millón de varones en España se les ha aplicado esta ley
aberrante que a su vez ha modificado la ley de enjuiciamiento
criminal. Desde el año 2004 se puede detener sin pruebas en el
caso de acusación de maltrato y si la denuncia resulta falsa no
puede perseguirse de oficio por tratarse de una denuncia de género.
A muchos varones españoles y a sus hijos, se les ha destrozado su
vida sin justificación alguna.
Más
de cien mil procesos civiles han sido convertidos en penales en los
casos de separación y divorcio y se les ha aplicado penas, entre
ellos la limitación de convivencia con sus hijos, con la sola
acusación y sin haberse probado el delito de violencia contra la
mujer. Más aún, la pena ha caído sobre los hijos, a quienes se les
ha separado de sus padres. Se especula, pues los datos se ocultan,
que más de cinco mil hombres cumplen o han cumplido condena por
delitos de género nunca cometidos. Y muchos miles han cumplido y
están cumpliendo penas injustas al haber sido cambiada
arbitrariamente la calificación de la falta en delito, sólo en el
caso de los varones, por supuesto. De hecho los varones cargan con
una doble consideración en su delito mientras que las mujeres sólo
pueden cometer violencia doméstica pero nunca de género. ¿Se
puede sostener semejante discriminación?
Los
suicidios de varones en el caso de haber sido denunciados por
violencia de género se ha disparado a cotas impensables. Tampoco se
ofrecen datos a la opinión pública con claridad en este sentido,
aunque muchos ciudadanos sí disponen de ellos, así como de los
relativos a las muertes de hombres y otros miembros de la familia,
para quienes no se habilita ningún tipo de intervención ni medidas
administrativas o económicas asociadas.¿Piensan acaso uds. que no
existe responsabilidad política en todo este asunto?
La
violencia intrafamiliar no ha dejado de aumentar desde la
promulgación de la Ley Integral contra la Violencia de Género.
Para ocultar este hecho se ocultan las muertes de varones y no se da
la debida importancia a la muerte de niños cuando la muerte proviene
del progenitor femenino. Se juega con ambos conceptos y la violencia
contra la mujer puede ser considerada violencia de género o
violencia doméstica según interesa a la estadística. Las
diferencias entre las penas que sentencian los juzgados españoles
por violencia ejercida en contra de uno u otro sexo, llegan a
diferencias moralmente injustificables según el ejecutor sea una
mujer o un hombre, incluso en el caso de asesinato convicto. No es
esta, a nuestro modo de entender, la manea de resolver el problema.
La
tercera y última razón, es de orden económico.
Mientras en Europa se han promulgado leyes
contra la violencia intrafamiliar sobre la base de la igualdad
y
las medidas de actuación: intervención rápida, alejamiento de la
víctima, separación de los menores etc.,
se aplican a todos los miembros de la familia independiente del sexo,
en España se ha optado por una
Ley contra la Violencia de Género,
discriminatoria y por tanto injusta. El hecho de que el alto
Tribunal Constitucional llegara a considerar constitucional esta ley
no dice sino de la pérdida en aquel momento de su carácter
realmente democrático e independiente. El resto del articulado de
la ley es todo un canto al totalitarismo, pues la invasión por
parte de los agentes de género de la vida privada de las
instituciones y las personas es descarada , prepotente y constante.
En
la mayoría de los países europeos el dinero para combatir la
violencia intrafamiliar se gestiona desde el Ministerio de la
Familia. En España este Ministerio desapareció en su día y se
desenfocó el tratamiento igualitario que exige el problema de la
violencia intrafamiliar. Por supuesto los fondos económicos de dicho
extinto Ministerio se dirigieron casi en su totalidad a las
políticas de género. Por otro lado todo el mundo sabe que parte de
los fondos europeos para estas políticas se basan el número de
denuncias de violencia contra la mujer. El entramado jurídico de
los tribunales especializados ( en la práctica especiales) hace casi
imposible en la persecución de la falsa denuncia. Es cuestión de
tiempo que se investigue el destino de todos estos fondos. Es
cuestión igualmente de tiempo que se exija al Estado la
responsabilidad por el daño moral y económico producido a los
españoles y españolas por la promulgación de esta ley y sus
consecuencias.
Estamos
seguros que a través de un debate abierto y sincero sobre la
violencia intrafamiliar y la violencia hacia la mujer se llegaría a
las mismas conclusiones a las que se ha llegado en Europa:
Promulgar una LEY CONTRA LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR de carácter
igualitario y DEROGAR LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE
GÉNERO con carácter urgente dada la desprotección en la que queda
la familia española sea cual sea la estructura de la misma y el daño
social producido.
FEDERACIÓN
DE ASOCIACIONES DE AFECTADOS POR LAS LEYES DE GÉNERO
(FEDERGEN)
www.federgen.
Org
Congreso
de los Diputados. Madrid
DIRIGIDA
A AL EXMO. SR/ SRA :
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