sábado, 11 de febrero de 2012

EL AÑO 2004 EL CONSEJO DEL PODER JUDICIAL CRITICÓ LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO


El Consejo General del Poder Judicial se opuso en el año 2004 a promulgación de la Ley Integral contra la Violencia de Género.
Las fuerzas políticas en el gobierno ignoraron sus críticas y el borrador fue llevado al Paralmento para su aprobación. Poco después el Consejo del Poder Judicial fue renovado y.... calló para siempre.

Las objeciones que el Consejo del Poder Judicial aprueba hoy
B. DE LA C. - Madrid - 24/06/2004

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobará hoy el informe sobre el anteproyecto de ley orgánica integral contra la violencia ejercida sobre la mujer. Entre las conclusiones del texto elaborado por el vocal conservador José Luis Requero figuran las siguientes:

- Ley integral sólo para mujeres. El CGPJ critica que precisamente una Ley integral regule sólo la violencia sobre la mujer, en lugar de todos los ámbitos en que se manifiesta la violencia doméstica.

- Discriminación negativa. La tutela judicial de la mujer no es mayor por el hecho de que la proteja sólo a ella, excluyendo de su ámbito a otros sujetos dominables, como menores, ancianos o, incluso, hombres, mediante una censurable discriminación negativa.

- Intencionalidad del agresor. No es aceptable un concepto de violencia sobre la mujer, clave para toda la aplicación de la ley, fundamentado en la intencionalidad del agresor.

- Objeción constitucional. Es objetable constitucionalmente el paso a delito de las amenazas y coacciones leves sólo si el ofendido es mujer, igual que la creación de delitos basándose en un agresor hombre al que se presume intencionalidad contra la mujer.

- Juzgados según sexo. Carece de justificación crear juzgados sólo para mujeres, según una supuesta intención del agresor y el sexo de la víctima. Si los órganos judiciales no pueden crearse por razones de raza, ideología o creencias, tampoco por razón de sexo.

- Casos civiles criminalizados. La inserción de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer en el orden penal implica "criminalizar" las causas civiles, así como potenciar el riesgo de que tales juzgados sean instrumentalizados.

- Demasiada judicialización. Una Ley que pretende definirse como integral, ante un problema social de primera magnitud, diverso en sus causas y manifestaciones, opta por una marcada judicialización de las soluciones.

- Derecho al juez ordinario. El derecho constitucional al juez ordinario predeterminado por la ley queda comprometido desde el momento que queda a merced de la mujer la elección del juez competente, en función de que acuda o no a las medidas de protección que el texto legal le ofrece.

- Dudas sobre la eficacia legal. El CGPJ tiene dudas más que fundadas de que se vaya a aportar más racionalidad y eficacia al sistema para erradicar el grave fenómeno de la violencia doméstica en general, mediante la futura ley.

UN POCO DE HISTORIA ¿ PARA QUE VALEN LOS INFORMES DEL CGPJ CUANDO SON CONTRARIOS AL GOBIERNO?

Los políticos del Gobierno  desafiaron y desacreditaron al Consejo del Poder Judicial quien agachó la cabeza.

Conde-Pompido, nombrado fiscal general del estado,  criticó al CGPJ por haberse opuesto al texto. Acusó a éste de " estar politizado" ( No dejará nunca de sorprendernos la ética partidista en las tareas de gobirerno y estado)

Se creó un Fondo para financiar una red de  servicios sociales. Muchos trabajadores sociales mantienen sus contratos bajo la presión de tener que presentar denuncias de maltrato contra la mujer a partir de las cuales el Estado español cobra las ayudas  europeas y comunitarias.

La aprobación por mayoría por lo visto no era un criterio democrático para el ministro de Justicia  Sr. López Aguilar. Nos preguntamos pues por la legitimidad de la clase política.

El Consejo de Estado se opuso igualmente a que dicha norma contemplara una discriminación  en la ley penal. Pero se ve que el Consejo de Estado sólo sirve para
que haga dictámenes, lo que dice es secundario.

Un poco caros nos salen a los españoles tan amables consejos


MADRID. AGENCIAS

Viernes, 25 de Junio de 2004Actualizado a las 16:49 (CET)

EFE
Conde-Pumpido instruye a los fiscales para ayudar a las víctimas y critica el 'sesgo político' del CGPJ en la ley contra la violencia de género
El informe del Poder Judicial crítico con el texto de la ley integral contra la violencia de Género salió adelante por diez votos frente a nueve
 El Consejo de Ministros ha dado luz verde al texto de la Ley Integral contra la violencia de género. El Gobierno ha vuelto a cambiar el nombre de la norma, a la que ha incorporado "muchas propuestas" de diversos organismos pero manteniendo "íntegramente  la filosofía de la ley ", que incluye la discriminación positiva de la mujer.

Este proyecto prevé endurecer las penas para los agresores, crear juzgados especiales para las víctimas y constituir un fondo para financiar una red de servicios sociales.

Concretamente, el ministro de Trabajo, Jesús Caldera, ha dicho que el texto mantiene los tipos penales específicos para proteger a las mujeres, de modo que coacciones y amenazas serán delitos en vez de faltas cuando el autor sea un hombre y la víctima una mujer que sea su pareja o ex pareja.
Caldera ha explicado que el Gobierno está convencido de que la discriminación positiva que se aplica en el ámbito laboral, educativo y social también es posible en el plano penal, a pesar del informe del Consejo General del Poder Judicial.
 
Entre los cambios introducidos en el texto, ha destacado que se otorga a los menores hijos de las víctimas el derecho a acceder a los servicios sociales y a los juzgados especiales de violencia de género, y que se garantiza la equidad territorial en esas nuevas redes de servicios sociales.

Según Caldera, el Gobierno sí ha cambiado aspectos de la ley que presentaban "discordancias" con otras leyes en los ámbitos "procesal, penal y educativo", así como en los terrenos "laboral y funcionarial".
Proteger los derechos de la mujer
Según la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, y saliendo al paso de algunas críticas a la norma, el objeto del texto es "proteger bienes constitucionales" como son los principales derechos de la mujer.
"Si el Gobierno tenía que elegir entre la seguridad de las mujeres y una interpretación conservadora del derecho a la igualdad", ha añadido Fernández de la Vega, "ha optado por lo primero".

La vicepresidenta primera ha asegurado que el Gobierno ha incorporado al texto de la ley "muchas propuestas" realizadas por "diversos organismos", aunque ha matizado que con un límite:  la defensa a ultranza de las mujeres maltratadas".
Fernández de la Vega ha dicho que, con esta ley, el Gobierno "encabeza la rebelión social contra los que maltratan a las mujeres" y que es consciente de que hay otros problemas sobre los que debe actuar, en referencia a la violencia en el ámbito doméstico sobre ancianos, niños y hombres.
Informes favorables

El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, precisó ayer que de los cinco informes pedidos a otros tantos órganos consultivos sobre el anteproyecto, cuatro de ellos son "muy favorables y saludan el espíritu y la vocación de la Ley", mientras que el del CGPJ, aprobado además por mayoría y no por unanimidad, plantea objeciones.
Los cuatro informes favorables al anteproyecto son el del Consejo Económico y Social, el del Consejo Fiscal, el del Consejo Escolar y el del Consejo de Estado. Sin embargo, este último, aunque avala la constitucionalidad del texto, sugiere varias recomendaciones para mejorarlo.

En su informe consultivo, de 86 folios, el Consejo de Estado destaca sobre todo que las medidas previstas deberían proteger también a los hijos, y señala que las iniciativas en materia penal deberían omitir las referencias directas a la mujer como víctima.
Asimismo, el dictamen afirma que una norma tan relevante hubiese merecido una "elaboración más sosegada", que debió incluir consultas a las comunidades autónomas y a las instituciones dedicadas a la problemática de la mujer.

El Consejo de Estado indica además que las medidas de discriminación positiva que recoge el anteproyecto están más justificadas cuando se refieren a la protección y asistencia de las víctimas, mientras que las represivas y sancionadoras, podrían formularse de modo indirecto y sin suponer una discriminación por razón de sexo.

Mayoría en el CGPJ
Por su parte, el pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó -pero por tan sólo un voto de diferencia (10 a 9)- el informe en el que se duda de la constitucionalidad de varios artículos del anteproyecto de ley y se critica que la discriminación positiva en favor de las mujeres excluya al resto de las víctimas.
Ocho de los nueve miembros del CGPJ que votaron contra el informe elaborado por el vocal conservador José Luis Requero suscribieron una declaración en la que denunciaron que el dictamen aprobado "descalifique globalmente y en términos cuasi-peyorativos y tendenciosos el anteproyecto" y utilice afirmaciones de "escaso rigor jurídico", llegando a cuestionar la necesidad de una protección especial para las mujeres.

El informe de Requero fue aprobado en su literalidad y, según recordó el portavoz del CGPJ, Enrique López, valora la intención del legislador y entiende que la violencia doméstica, y especialmente la de género, exige una respuesta enérgica del Estado de Derecho, pero considera que la ley "no es mala por lo que incluye, sino fundamentalmente por lo que excluye".
El CGPJ cuestiona la constitucionalidad de dos puntos concretos: que coacciones y amenazas pasen de ser faltas a delitos sólo cuando el autor sea un hombre y la víctima una mujer y que se creen juzgados especiales de violencia sobre la mujer de los que se excluye al resto de las víctimas de la violencia doméstica.

VIOLACIONES DEL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS



LEYES  ESPAÑOLAS  INSPIRADAS EN LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO  QUE VIOLAN EL CONVENIO EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

I. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral
contra la violencia de género:
Violación del art.14 del Convenio y del art. 1 del Protocolo 12, autónomamente y en relación a los art. 6, art. 7, art. 8, art. 9 y art. 10  del Convenio.

I. Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal:

Violación del art. 14 y art. 1 del Protocolo 12, en relación al art. 6, art.7 y art. 8 del Convenio.

II. Leyes autonómicas de violencia de género de Andalucía, Galicia, Aragón,
Cantabria, Cataluña,  Murcia, Canarias, Madrid y Castilla-León:

Violación del  art. 14 y art. 1 del protocolo 12, en relación a los art. 6, art. 7, art. 8, art. 9 y art. 10
del Convenio

IV. Falta de independencia e imparcialidad del tribunal constitucional:

Violación del art. 6.1.

COMENTARIO:  Es un hecho que los políticos  comunitarios europeos viven de espaldas a la ciudadanía de los diferentes  pueblos que forman Europa.  Ingentes cantidades de dinero han sido dados  a los  estados entre ellos España sin un adecuado control,  lo que ha producido aumentos generalizados de corrupción entre la clase política española en la utilización de ese dinero.

Un capítulo más, por supuesto no el único, son los fondos europeos para las llamadas políticas de género que han sido utilizados en España de forma discriminatoria y sexista. Muchos de estos fondos han servido para políticas clientelistas de algunos partidos y sindicatos.

 Pero no  ha sido y  es solamente en el ámbito económico en donde se ha echado en falta la rigurisidad y el control de  las instituciones europeas sino también en la exigencia a sus estados 
del  cumplimiento de los derechos humanos.
¿ Qué pretenden? ¿ Pedir cuentas cuando ya no sea posible rendirlas cómo está ocurriendo en el
ámbito económico?