viernes, 16 de diciembre de 2011

FELIPE PÉREZ DEL VALLE. Abogado del I.C.A.

Diario de León | Viernes, 16 de diciembre de 2011

¿El olvido de la ley de violencia de género?


FELIPE PÉREZ DEL VALLE. Abogado del I.C.A. de León 09/12/2011

Han pasado más de seis años desde la entrada en vigor el 29 de junio del 2005 de los efectos penales de la Ley de Violencia de Género. Ya puede analizarse con detalle la eficacia práctica de la ley y comprobar las consecuencias para los hombres que en algún momento de su vida tuvieron una relación de afectividad con una mujer.
Un primer dato que asusta es que en estos seis años de datos estadísticos se han registrado 1.095.753 procedimientos penales en los Juzgados de Violencia de Género; significa que un 6% de los hombres mayores de 18 años ha sido imputado.
Este elevadísimo número de acusados deriva de una ley que pasó a considerar delito conductas realizadas por hombres contra sus parejas o exparejas que con anterioridad eran simples faltas, y que se promulgó a pesar de que España estaba por debajo de la media europea y mundial en muertes por violencia de género. En una noticia de 3 de mayo del 2010, publicada en la página web del Observatorio de Violencia se decía que «España es uno de los países del mundo donde menos mujeres son asesinadas por sus parejas».
También se olvida que una parte considerable de los delitos que trata de prevenir se producen en la población extranjera (víctimas y agresores), respecto de la cual las medidas educativas no han tenido ninguna influencia, al haber venido a España en edad no escolar. De hecho, del total de asuntos incoados por violencia de género en el periodo 29 de junio del 2005 a 31 de diciembre del 2009, el 69,4% de las víctimas tenía nacionalidad española, y el 30,6% nacionalidad extranjera. Según datos del Instituto Centro Reina Sofía «el 71,91% de los feminicidas de pareja son españoles y el 28,09% restante extranjeros, procedentes, principalmente, de países iberoamericanos y de la UE». Se refiere a datos del año 2000 al 2009. A partir del 2008 supera el 36%.
De ambas circunstancias olvidadas se deriva una sanción severa para el español por hechos encuadrados en violencia de género causada de manera importante en el ámbito de otras culturas, y sin tener en cuenta que en las culturas que se dice más avanzadas, el feminicidio es más alto (países nórdicos, Estados Unidos, Francia, Reino Unido). A pesar de ello, la Ley española es la más perjudicial para el hombre.
Otro olvido importante de la aplicación de la Ley de Violencia de Género es que más de la mitad de ese millón noventa y cinco mil hombres han pasado por una dependencia policial como detenidos; de esta mitad, la mayor parte de ellos una noche en un calabozo. Curiosamente no existen datos estadísticos publicados a este respecto, quizás porque asustaría el comprobar un número tan elevado y en buena parte desproporcionado para la entidad del delito objeto de acusación: más del 60% de los delitos instruidos tiene su causa en la supuesta comisión del delito de lesiones del artículo 153 del Código Penal, es decir, causar menoscabo psíquico o lesión no constitutiva de delito, o maltrato sin lesión, que antes de la Ley de Violencia de Género era falta.
El dato más olvidado en los medios de información y en los innumerables organismos públicos que se han creado ex profeso para luchar contra una parte de la violencia, la que afecta a la mujer, es que cerca de ¡la tercera parte de los hombres no son condenados!, y a los cuales, en materia penal, no se les compensa, indemniza o se les pide perdón por sus padecimientos derivados de la detención policial, estancia en un calabozo policial, sometimiento a un procedimiento penal e incluso prisión; en el ámbito civil, no pueden recuperar el tiempo que les privaron de estar con sus hijos, con sus amigos, en su domicilio, y por supuesto no se hace la misma publicidad de su absolución que de su detención, ni siquiera se procede a la cancelación automática de sus antecedentes policiales y reseña policial tras el sobreseimiento o sentencia absolutoria.
Se olvida, pues, que el número de sobreseimientos y sentencias absolutorias en los 6 años comprendidos entre la entrada en vigor de la Ley de Violencia de Género y el 30 de junio del 2011 asciende a la cifra de 359.583 casos, el 32,81% de los procedimientos.
Debe destacarse el número tan elevado de sobreseimientos o supuestos en los que ni siquiera el hombre llega a juicio (241.834), de los cuales 4.384 en el año 2009, 5.251 en el año 2010 y 2.781 en el primer semestre del 2011 fueron sobreseimientos libres, es decir, no hubo delito —lo que puede equivaler a denuncias falsas—. Un olvido imperdonable que merece destacarse es que la mitad de los hombres que celebraron juicio en los Juzgados de lo Penal, donde se enjuician el mayor número de casos por delitos, fueron absueltos, exactamente en estos 6 años de datos estadísticos judiciales, el 47,71% de los hombres que sufrieron un juicio en el Juzgado de lo Penal fueron absueltos.
Se olvida finalmente que cuando se interpone una denuncia por una mujer contra su pareja o expareja entran en funcionamiento de manera mecánica los protocolos de actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado contra el hombre: se produce su detención de forma inmediata, sin realizar una mínima investigación acerca de si el hecho denunciado tuvo lugar de verdad o sobre la participación del denunciado. Se detiene al hombre y punto, sin comprobar las justificaciones que pueda dar sobre su inocencia. Consecuencia de ello es el elevado número de sobreseimientos judiciales.
Nunca en la historia judicial española se ha producido un número tan elevado de procedimientos penales y, ni mucho menos, un número tan elevado de no condenados, de inocentes que no son compensados. Ante estos datos oficiales solamente cabe la modificación de la ley.

martes, 6 de diciembre de 2011

LA IDEOLOGÍA DE GÉNERO, EL PEOR DE LOS ENFOQUES PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.

Un estudio sobre el maltrato en la familia cuestiona las tesis de la ideología de género

En el maltrato a menores prevalecen “la condición femenina del agresor” y “las familias monoparentales”. La violencia contra los ancianos no interesa a nadie, pero es mucho mayor que la que se da contra la mujer y aumenta con la edad y grado de dependencia de la víctima, según el INCAS

Condición femenina del agresor

El estudio del INCAS insiste en que cuando se habla de maltrato a menores hay que considerar que “prevalece la condición femenina del agresor”, como se ve en la ‘tabla 2’, reproducida a partir del informe. También subraya que existe una estrecha relación entre este hecho y la violencia contra menores que se da en las familias monoparentales.

“Existe una estrecha relación entre ambos factores, dado que en las familias monoparentales es la mujer quien, en la mayoría de los casos, tiene los hijos a su cargo”, señala.




“En general, la ruptura familiar, incluyendo las familias reconstituidas, favorecen el maltrato infantil en una proporción de 14,6 veces mayor, si es monoparental, y 4,5 veces mayor, si es reconstituida, que la familia básica, como se observa en la tabla 3. Los datos se basan en informes sobre maltrato infantil en la familia (1997-1998; 2001-2005) del Centro Reina Sofía para el estudio de la violencia.
Estos resultados, además de refutar el planteamiento de ‘violencia de género’ en el seno de la familia, “desplazan el eje agresor-víctima, de la caracterización hombre-mujer, a otra más compleja, fuerte-débil + estabilidad familiar”, destaca el estudio del INCAS.

Así, “de acuerdo con las fuentes utilizadas, el maltrato infantil denunciado se sitúa entre 1.000 y 1.200 casos por millón de habitantes. La cifra real es mucho mayor. Si atendemos a la última información (noviembre 2011) de la Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil que establece que sólo se denuncian el 20% de los casos reales, la cifra se elevaría a 5.000-6.000 casos por millón”, aclara.

Maltrato de ancianos: “no interesa a nadie”

Por su parte, el colectivo de ancianos es el que sufre en sus carnes un mayor maltrato en el ámbito familiar. Según las diferentes fuentes consultadas, existe una gran diferencia en las cifras, “que puede oscilar entre prevalencias de 14.000 casos por millón, dato coherente con la serie que puede establecerse con los dos estudios sobre el tema del Centro Reina Sofía, y 40.000 (y sería una hipótesis más bien baja) si consideramos otras fuentes, sobre todo internacionales pero también españolas”.

A modo de ejemplo, en las conclusiones del 30º Congreso de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria, celebrado en Valencia entre el 15 y 18 de junio de 2010, se hablaba de una prevalencia de 50.000 casos por millón.

En cualquier caso, “resulta evidente que este tipo de violencia es la más extendida, mucho más que la que se da contra la mujer. A pesar de ello, y de su indefensión, no sólo no existen políticas, sino que los datos son de una endeblez extrema. La violencia contra los ancianos no parece interesar a nadie”, denuncia el estudio.

El informe concluye en este apartado advirtiendo de que “las agresiones a menores y gente mayor presentan una característica común que desgraciadamente ha sido desatendida por las políticas públicas: por su edad y condiciones de vida, la capacidad de la víctima para denunciar al agresor es muy baja o simplemente nula”, con la consecuente situación de desamparo que provoca.

Esta situación contrasta con “las políticas y recursos aplicados al maltrato de la mujer, a pesar de que la prevalencia de los distintos tipos de agresiones en ningún caso lo justifica”. Y “un segundo hecho que debe ser subrayado es que precisamente a causa de su indefensión, el número de casos de violencia contra menores y gente mayor está subvalorado”.

Más evidente entre parejas de hecho e inmigrantes

En lo que respecta a la violencia doméstica contra las mujeres, todas las causas objetivas de la mayor prevalencia de feminicidios “conducen a una misma razón: las parejas de hecho incurren en el feminicidio en mayor medida porque su estabilidad es menor y la ruptura más frecuente”.

Al mismo tiempo, “los inmigrantes adoptan la cohabitación y la pareja de hecho en mayor medida que los autóctonos y ello conduce a su vez a una mayor proporción de rupturas”.

En ese sentido, el INCAS considera que:

1. “El aumento de la duración del vínculo, su estabilidad, disminuye la violencia extrema contra la mujer. En este sentido, la nueva legislación sobre el divorcio tiende a favorecerla al debilitar el vínculo, sin reducir la proporción de divorcios contenciosos”.

2. “El reagrupamiento familiar de los inmigrantes reduce la violencia contra la mujer dado que no es aquélla condición la causa, sino su situación y el tipo de vínculo de pareja que adoptan”.

Cabe recordar que, como se indica en la primera tabla, “la prevalencia por millón de mujeres estimada se sitúa en 2.100 casos por millón de mujeres”. El INCAS se ha basado en datos extraídos de la serie de los barómetros del CIS, utilizando una serie de 4 años no consecutivos, 2002, 2006, 2007, 2011, y en relación a la pregunta que inquiere por la preocupación por la violencia que sufre la mujer.

La anomalía española

“España, en este contexto, da lugar a una importante anomalía, porque es el único país donde crecen los homicidios de la mujer en el seno de las relaciones familiares incluida la pareja, mientras se da una disminución en el total de los homicidios femeninos, es decir, los que también incorporan los producidos por personas ajenas a la relación de pareja y familia”, destaca el estudio.

Al mismo tiempo, decrecen los homicidios totales, con lo que cabe preguntarse: ¿por qué sólo tienden a aumentar los feminicidios en el marco general de los homicidios, y por qué sólo sucede esto en el caso de España?”.

El INCAS recuerda que “de los datos estudiados, puede percibirse que la violencia extrema contra la mujer, el homicidio, se da en mucha mayor medida en los países nórdicos, con la excepción de Suecia y el Reino Unido. Alemania también formaría parte de este grupo. En el otro extremo Irlanda, y en posiciones intermedias Holanda y España”.

Pero, “a pesar de ello, este último país es el que más medidas, y más radicales, ha adoptado hasta constituir, también en este punto, una singularidad en el contexto europeo”. Y, lo peor, “estas medidas a su vez no han reducido el número de víctimas, sino todo lo contrario, siguiendo una tendencia opuesta a la tomada por los homicidios”, concluye el INCAS.


ForumLibertas.com
Las tesis de los defensores de la ideología de género sobre la violencia que se produce en el ámbito familiar, situando el eje ‘agresor-víctima’ de los maltratos en la caracterización ‘hombre-mujer’, se estrellan cada día que pasa con nuevos estudios que cuestionan sus afirmaciones.

Una muestra de ello eran tres recientes informes, de la Generalitat de Cataluña, del Centro Reina Sofía y del Instituto Andaluz de la Mujer, que echaban por tierra los argumentos de que la violencia contra la mujer es un hecho estructural inherente a la condición de hombre y a las sociedades patriarcales, al constatar que crecen las agresiones entre las parejas adolescentes.

Ahora, el Instituto de Estudios del Capital Social (
INCAS) de la Universidad Abat Oliba CEU, presenta el estudio ‘Jóvenes, mujeres, mayores: el maltrato en la familia’, cuyas conclusiones “contradicen el planteamiento de la ideología de género en el seno de la familia”.Entre otras cuestiones, el informe muestra que “en el maltrato a menores prevalece la condición femenina del agresor y, sobre todo, las familias monoparentales como las causantes en mayor proporción a su universo de este tipo de violencia”.

También resalta el estudio que la violencia contra los ancianos “es la más extendida, mucho más que la que se da contra la mujer”, y esta violencia “crece con la edad de la víctima y su grado de dependencia, en una clara relación fuerte-débil”.Un maltrato oculto

Como se puede observar en la siguiente tabla, el colectivo más afectado dentro del maltrato familiar, “con mucha diferencia”, es el de los ancianos. En el caso de los menores de edad, la violencia se muestra aparentemente menor, aunque “en un orden de magnitud es semejante a la que se da contra la mujer”, dice el estudio.Además, añade el INCAS, “es fácil que esté subvalorada. La Federación para la Prevención del Maltrato Infantil (FAPMI), considera que el 80% de los casos permanecen ocultos”.

También es frecuente que el maltrato que sufren los ancianos pase más desapercibido que el que padece la mujer, lo que daría a las cifras que aparecen en la tabla una mayor relevancia.

jueves, 24 de noviembre de 2011

VIOLENCIA FAMILIAR

Hora actual



VIOLENCIA FAMILIAR

Holanda abre 40 centros para hombres maltratados

Atenderán abusos físicos y psíquicos por parte de la pareja, y también a víctimas de venganzas de honor o de tráfico de seres humanos.


10.02.2009
Será ante todo un refugio para padres de familia golpeados por su esposa, jóvenes agredidos en su vecindario, homosexuales rechazados y musulmanes extranjeros desertores de su religión y desafiantes de tradiciones como la prohibición de los matrimonios con personas de otra cultura. (Gentileza Googleimages)
Holanda inauguró hoy 40 centros de asistencia para hombres víctimas de violencia doméstica, que no solo atenderán casos de abusos físicos o psíquicos por parte de la pareja, sino también a víctimas de venganzas de honor o de tráfico de seres humanos.

El Ministerio de Sanidad holandés explicó en un comunicado que "la idea es cuantificar este año la necesidad de este servicio y qué tipo de ayuda necesitan los hombres".

Será ante todo un refugio para padres de familia golpeados por su esposa, jóvenes agredidos en su vecindario, homosexuales rechazados y musulmanes extranjeros desertores de su religión y desafiantes de tradiciones como la prohibición de los matrimonios con personas de otra cultura.

"Hace 40 años, el maltrato a la mujer era un tabú; hoy presenciamos un fenómeno similar en relación con el hombre, quien por honor ha guardado silencio durante mucho tiempo", le dice a BBC Mundo, Cecilia Pérez Yánez, Coordinadora del Centro de Ayuda a Víctimas del Honor, una unidad de trabajo de la organización Blijf Groep.

"Pero finalmente las cosas están cambiando y el gobierno holandés ha decidido hacer frente a un problema que hasta ahora no había sido reconocido pese a estar presente todos los días en nuestra sociedad", explica.

Hasta ahora, las ciudades de Rotterdam y Utrecht eran las únicas que contaban con centros de este tipo, que fueron abiertos el año pasado y que funcionaban en calidad de proyectos piloto.

En entrevista con BBC Mundo, el sociólogo y autor de diversos estudios en la materia, Jos Kuppens, afirma que estas cifras muestran que la mujer puede ser tan violenta como el hombre y por la desventaja física, en la mayoría de las agresiones se utilizan armas, como cuchillos y otros utensilios de cocina.


 COMENTARIO

Esta noticia ha sido publicada en un periódico digital argentino.  En España no se informa de estas políticas igualitarias pues los españoles se podrían dar cuenta que la violencia familiar es bidireccional y esto no interesa para los fines electorales y económicos de algunos partidos políticos que se nutren económicamente de los fondos de la violencia de género, englobando en este concepto el concepto de la violencia doméstica.  Basta ver la memoria del Observatorio de violencia de género y violencia doméstica del CONSEJO DEL PODER JUDICIAL  para observar que no presentan estadísticas separadas de violencia de género y violencia doméstica. El negocio se vendría abajo.

UN EJEMPLO MÁS DE LA FALTA DE GARANTÍAS PROCESALES

Los artículos  153 y  157.2  del nuevo CÓDIGO PENAL ESPAÑOL  ha introducido el derecho de autor agravando los delitos cuando el infractor es el hombre. Esta situación está llevando a una caza de brujas de la cual es exponente el siguiente relato.

Jordi es un caso excepcional pues se ha demostrado su inocencia. Hay muchas personas inocentes en las cárceles a causa de la falta de garantías procesales principalmente en los tribunales de violencia contra la mujer que aunque se llaman tribunales especializados en la práctica son " tribunales especiales"  propios de un sistema totalitario
re de 2011

Un padre cumple condena al acusarle falsamente su hija de abusos que había cometido la pareja de su ex mujer

Acusado, enjuiciado y encarcelado por abusar sexualmente de su hija de seis años cuando en realidad era inocente. Parece el argumento de una película pero es una historia real que sucedió hace 13 años y que marcó para siempre a una familia. Después de seis meses de investigación, el programa El món a Rac1 ha reunido en el estudio a tres de los protagonistas de un suceso que se remonta entre los años 1997 y 1998 cuando Silvia, una niña de apenas seis años, le explicó a su madre que su padre abusaba de ella. La pequeña, cuyos padres estaban separados, efectivamente había sufrido abusos, pero el agresor había sido la entonces pareja de su madre. Explica que fue manipulada por el verdadero agresor y la falta de comunicación entre los padres (Jordi y Rosa Maria) derivó en años de sufrimiento.

El “calvario” empezó para Jordi cuando recibió la denuncia por presuntos abusos sexuales a su propia hija. Inmediatamente se le impidió mantener ningún contacto con la pequeña y tres años y medio más tarde la Audiencia Provincial de Barcelona juzgó los hechos. Aunque a Jordi se le hicieron dos perfiles psiquiátricos que evidenciaban que no cumplía con los parámetros de agresor sexual, fue condenado. Apeló la sentencia y volvió a perder. Es entonces cuando decidió ingresar voluntariamente en la cárcel. Can Brians se convirtió en su casa. Y asegura que siempre creyó que había sido su ex mujer la que había “maquinado” la historia.
La verdad, según han explicado, es que madre e hija fueron manipuladas por la pareja de la primera. Silvia, que ahora tiene 18 años, ha contado que su presunto verdadero agresor la “obligó” a decir que era su padre el que abusaba de ella y que solo se atrevió a contarle a su madre la verdad cuando ésta y su supuesto abusador se separaron. Pero la madre no le creyó: interpretó que la niña acusaba a aquel hombre para apoyarla ya que la separación había sido difícil.
Reencuentro a través de facebook
Años después Jordi intentó contactar a través de facebook con su hija y a raíz de ese mensaje Silvia le volvió a explicar a su madre quién fue realmente el abusador. Tras el sobresalto de la madre al conocer la historia real, padre, madre e hija pactaron una cita que fue “tensa” pero que sirvió para el “perdón mutuo” porque “los tres somos víctimas”, ha recordado la madre.
Jordi ha presentado una querella contra “el culpable que me quitó a mi hija, siete años y casi mi vida”. También pide una compensación económica por una sentencia que lo señaló injustamente.

martes, 1 de noviembre de 2011

Una jueza denuncia que ya hay españoles en la cárcel sólo por decir a sus mujeres: “Vete a la mierda”

 http://www.alertadigital.com/2011/10/18
 18/10/2011 | REDACCION

Ya existen españoles con penas de seis meses de cárcel sólo por decir a sus mujeres “vete a la mierda”. Así lo revela la magistrada María Sanahuja, ex decana de los jueces de Barcelona. Sanahuja emplaza a los escépticos a que acudan a los juzgados de lo penal a comprobar ese dato y denuncia que en España se vulnera la presunción de inocencia de los varones.

Como viene siendo habitual cada vez que Sanahuja ofrece datos demoledores que ponen en entredicho las bondades de la ideología de género, las feministas han vuelto a arremeter contra ella y contrala generalidad de jueces que han recurrido algunos de los artículos de la polémica Ley de Igualdad y de Violencia de Género, impulsada por una ministra, Leire Pajín, con el mismo curriculum académico que Paquirrín. Es decir, ninguno.

 Pajín ha respondido a la ex decana de los jueces barceloneses afirmando que las mujeres parten de una situación de desigualdad y que, por ese motivo, “no es igual el maltrato a un hombre que a una mujer”. Debe ser que la ministra encuadra a los varones españoles en una especie aún sin catalogar o simplemente que no se haya leido el artículo 14 de la Constitución Española, capítulo segundo – derechos y libertades, que señala: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra concidición o circustancia personal o social”.

Este principio constitucional colisiona sin embargo con los articulados de la Ley de Violencia de Género. Estos son algunos de los casos:

Art: 153.1:”El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ocheta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.

Art: 57.2: “Cuando un Juez que esté conociendo de un procedimiento civil tuviese la noticia de la posible comisión de un acto de volencia de género, que no haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal, ni a dictar una orden de protección, tras verificar que concurren los requisitos del párrafo tercero del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá inmediatamente citar a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos. Tras ella, el Fiscal, de manera inmediata, habrá de decidir si procede, en las 24 horas siguientes, a denunciar los actos de violencia de género o a solicitar orden de protección ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que resulte competente”.

Art: 171.4: “El que DE MODO LEVE amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curantela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.

Art: 172.2: “El que DE MODO LEVE coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres año, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años”.
 Por consiguiente, se deduce que tanto el Gobierno socialista como las feministas creen que la violencia doméstica sólo existe si es el hombre quien presuntamente agrede a su pareja, nunca al revés. En su forma de ver las cosas, los hombres nunca son los maltratados, aunque las estadísticas sostengan lo contrario.

Algunos jueces sensatos ya han advertido de que, con la citada ley, cualquier hombre podría ser condenado si al calor de una discusión se le escapa alguna expresión no apta para oidos tan castos como el de la ministra Pajín. Ellas en cambio sí tienen ‘barra libre’ para verter los insultos que quieran. En este sistema tan democrático, unas son más iguales que otros.

Envalentonadas por esta clara arbitrariedad legal, algunas feministas ya han declarado en medios como la cadena Ser que “habría que empezar a hablar de violencia psicológica a las claras e imponer penas”. Claro que matizando a continuación que “sólo cuando la sufran las mujeres”. Recuerde, lector, aquello de: “Vinieron por mi vecino y no me preocupé…. Hoy, sin embargo, vienen por mi”.
SIN COMENTARIOS.
SI ESTOS SON LOS POLÍTICOS QUE NOS GOBIERNAN ES CIERTO QUE NO NOS REPRESENTAN.
SÓLO SE REPRESENTAN A SÍ MISMOS CON LA COLABORACIÓN BOBA Y SERVIL DE QUIENES SIN ESPÍRITU CRÍTICO ALGUNO  SIGUEN EL PENSAMIENTO ÚNICO QUE NOS SIRVEN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN AL SERVICIO DE UNA CLASE POLÍTICA CORRUPTA.

  

martes, 11 de octubre de 2011

¿ DE QUÉ VIOLENCIA DE GÉNERO HABLAMOS?

12.765 españoles se suicidaron en 2010, el 70 % estaban en periodo de separación




Los suicidios son muy superiores en los hombres aumentan con la edad.

En España, las tasas de suicidio según sexo son de 12,6 para los hombres y 3,9 para las mujeres, obteniéndose una razón de tasa de 3,3 a 1.

En España el suicidio de hombres mayores llega a alcanzar el  35 por 100.000 habitantes entre 80 y 84 años y del 70 por 100.000 habitantes en mayores de 84 años.

También los hombres jóvenes presentan tasas de suicidio elevadas, especialmente entre los 15 y 24 años y los 25 y 34 años con tasas de 6,7 y 11,5 por 100.000 habitantes respectivamente.
Por el contrario se mantiene relativamente estable en los colectivos femeninos más jóvenes, entre los 20 y 24 años y los 25 y 29 años, con tasas de 2,7 y 2,3 por 100.000 habitantes respectivamente”

Muchos de ellos son hombres que decidieron decir basta tras ser denunciados falsamente por sus mujeres o tener que aceptar sentencias injustas sobre la custodia de los hijos, en la mayoría de casos.

En el año 1998 en Australia el Gobierno tuvo que intervenir debido a que la diferencia de la razón de tasa entre suicidios masculinos y femeninos llegó a ser de 2,2 mucho menor que la razón de tasa Española.

El Instituto Nacional de Estadística elude mencionar la palabra “suicidio” y habla en cambio de “fallecimientos por causas externas”, englobando en ellos tanto a los suicidados como a las víctimas de accidentes de tráfico.

 El propio ministro del Interior presentó hoy los datos de siniestralidad en las carreteras españolas en 2010, que se saldó con 1.730 muertos, 173 menos que en 2009. En ningún momento de su intervención habló del suicidio como la primera causa de mortalidad en España. “Es un año alentador, aunque hay 1.730 razones para seguir trabajando”, aseguró el ministro. 

Y esto es lo que dice el INE sobre el asunto: “Los fallecimientos por causas externas (accidentes de tráfico y suicidio) fueron más frecuentes en los varones”. Y ahí se acaba cualquier análisis.


Fuente: Alerta digital

lunes, 2 de mayo de 2011

LA FALTA DE RIGOR CIENTÍFICO AL SERVICIO DE LAS POLÍTICAS DE GÉNERO

Ana León Mejía
Instituto de Estudios Sociales Avanzados, (IESA-CSIC), Córdoba, España
aleon@iesa.csic.es

En este trabajo se examina una nueva corriente de pensamiento surgida dentro del movimiento feminista norteamericano, que disiente de algunos de los principales presupuestos epistemológicos del feminismo, y que denuncia sus efectos, tanto en la población americana, en especial dentro de la comunidad académica, como en la agenda pública. Las autoras que han emprendido la crítica de la denominada “ideología del género” cuentan por un lado con el apoyo de una gran parte del público americano. Por otra parte, han suscitado la ira del feminismo académico que les atribuye ser parte de un backlash (un contraataque) frente a los logros conseguidos por el feminismo. Son acusadas, entre otras cosas, de conservadurismo, traición a la causa feminista o acoso institucional
antifeminista. El grado de crispación se ha elevado con la crisis de “las violaciones en las citas” que se ha convertido en la nueva causa feminista, junto con las actuales políticas contra la pornografía y el acoso sexual. A todo esto, se añade el surgimiento de voces disidentes en Canadá, Francia y España, que confirman una grave fractura dentro de uno de los movimientos sociales más importantes de las últimas décadas.

The aim of this paper is to examine the dissident thought within the feminist movement. This new approach dissents from some main epistemological assumptions of the feminism, and claims against its effects, both in the academy and the public agenda. On the one hand, the authors that have leaded the critique against the so-called “gender ideology”, have the support of most of the American public. On the other hand, they are experiencing the wrath of the academic feminist and the accusation of being part of a backlash. The charges are conservatism, betrayal, and anti-feminism harassment. The social tension has increase with the date rape crisis, the new feminism cause, besides the current politics against pornography and sexual harassment. Furthermore
dissident voices in Canada, France and Spain prove a serious break up in one of the most important social movements in the last decades.

Revista Internacional de Sociología (RIS)
Vol.67, nº 3, Septiembre-Diciembre, 559-588, 2009
ISSN: 0034-9712 eISSN: 1988-429X DOI:10.3989/ris.2007.02.15
560 • ANA LEÓN MEJÍA
RIS, VOL. 67, Nº 3, SEPTIEMBRE-DICIEMBRE, 559-588, 2009. ISSN: 0034-9712




INTRODUCCIÓN

El feminismo norteamericano se debate con un nuevo adversario en su lucha contra la
sociedad patriarcal. Se trata del trabajo de un grupo de feministas académicas norteamericanas,
que acusan al movimiento por la liberación de las mujeres de falsear la realidad, y
de haberse convertido en la práctica en un movimiento de victimización. Señalan también,
que gran parte de la investigación feminista carece de rigor científico y está imbuida, y
demasiado contaminada, por la ideología feminista. Afirman que estas deficiencias de
calidad se trasladan a los estudios de mujer de las universidades, cuyos contenidos son
limitados por la censura de la corrección política feminista que opera en ellos (Patai, 2003).
Culpan al feminismo de haber creado un estado de alerta y crispación con la extensión
de la definición de los conceptos de acoso y agresión sexual más allá del sentido común
(Paglia, 1992 y 2001; Patai, 2003; Sommers, 1994).

Esta situación tan extrema comienza a ser achacada a la denominada “ideología
del género”. Las feministas de la disidencia han roto un silencio contenido con críticas
que arremeten contra conceptos transversales del feminismo: la sociedad patriarcal,
la dominación masculina, la violencia de género, etc. No tienen miedo de encararse
con muchas de las teóricas más ilustradas y conocidas del panorama feminista no sólo
nacional sino también mundial: Naomy Wolf, Susan Faludi, Gloria Steinem, Catherine
MacKinnon, Andrea Dworkin, Marilyn French, Shulamith Firestone, y una larga lista de
mujeres que son de obligada referencia en cualquier curso feminista o de estudios de
género. Están preocupadas sobre todo por la pérdida de legitimidad de un movimiento
que se encuentra sumido en una grave crisis de percepción por parte de la población
femenina, que no se considera feminista ni quiere identificarse con las feministas, aunque
sí haya interiorizado los valores del feminismo y disfrute de los logros conseguidos por
este movimiento (Aronson, 2003).


domingo, 24 de abril de 2011

MANIPULACION DE LAS ESTADISTICAS DE GÉNERO

  
DATOS Y COMENTARIOS A LAS ESTADÍSTICAS DE MUERTES DE MUJERES Y HOMBRES POR
VIOLENCIA DOMÉSTICA EN ESPAÑA
<><><><><><><> 

MINISTERIO DEL INTERIOR
OBSERVATORIO
MINISTERIO
CE Violencia







PODER JUDICIAL
IGUALDAD
Reina Sofia

MUJERE HOMBRE
PAREJASPAREJAS
MUJER HOMBRES PAREJASPAREJAS
MUJER HOMBRE
MUJERHOMBRE




MUJERHOMBRE


MUJERHOMBRE






AÑO 1997
52
40


35


























AÑO 1998
50
44




10
























AÑO 1999
56
37




10
























AÑO 2000
67
44




6
























AÑO 2001
68
38


42
3


54
23












68
ND


CAMBIO DE VARIABLES (*)


AÑO 2002
77
49


52
16


52
17












77
ND


AÑO 2003
84
49


65
13


81
22
65




71
ND


84
ND


AÑO 2004
79
31


61
9


84
31
69
16


72
ND


79
ND


AÑO 2005
71
56


53
15


67
23
52
6


57
ND


61
ND


AÑO2006
78
37


54
12


77
14
62




69
ND


69
ND


CAMBIO DE VARIABLES (**)


AÑO 2007












74
ND
ND
2


71
ND


76
ND


AÑO 2008












75
ND
ND
6


76
ND


60
ND


AÑO 2009












55
ND
ND
10


55
ND








AÑO 2010















































Fuente oficial: anuarios estadisticos Ministerio Interio, CGPJ, MI y Centro Reina Sofia
ND: No hay datos














(*) se amplia el concepto de cónyuge : separado/divorciado/compañero sentimental/novio/exnovio
(**)apagón estádistico del Ministerio Interior. Cambio de variables en el Observatorio del CPJ

COMENTARIOS
 
Las estadísticas oficiales de mujeres y hombres en España que son las que básicamente estan sirviendo de base para las actuales políticas de género son estadísticamente incongruentes Y POR TANTO FALSAS, lo que queda justificado con los siguientes argumentos:

A) En primer lugar definen la violencia de género como violencia exclusivamente femenina en contra de los criterios de la Real Academia Española que define el género como aquello común a hombres y mujeres frente a sexo ya que esto último es lo que los diferencia.

Una vez forzado el concepto de género se llegan a falacias tales como decir que una mujer no puede ejercer violencia de género y justificar, por el contrario, toda una serie de políticas discriminatorias contra los hombres, los homosexuales y también otras mujeres que no entran dentro de esta categoría. 

B) En segundo lugar se mezclan intencionadamente los conceptos de VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA DOMÉSTICA

Violencia de género : la que se ejerce por el hecho de que la persona pertenezca a un sexo determinado  o  género (!). En España se ha identificado unilateralmente con la violencia contra la mujer.

            Violencia doméstica : la que se ejerce en el ámbito familiar.

La primera , la violencia de género , es unidireccional por definición: la que se ejerce sobre la mujer por el hecho de ser mujer ( Exposición de motivos de la Ley de Violencia de Género: Se trata de una violencia que se dirige a las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión). Violencia ejercida por debajo de un 1% de la población (Robert Hare 1973), según datos psiquiátricos, por ser una violencia propia de personas con una psicopatía (misma proporción que ataques a negros, judios, etc.). En cualquier caso en este tipo de violencia no se observan diferencias significativas entre sexos.

Nota.- Es importante notar que la violencia de género se considera violencia contra la mujer por definición, es decir, por dogma. Es la piedra angular de todo un edificio que se pretende social, pero no lo es. Se trata de una construcción a partir de premisas no probadas, ni siquiera definidas de manera correcta, y que para crearlas ha sido necesario forzar el lenguaje.

El segundo tipo de violencia, la violencia doméstica, es bidireccional y multidireccional.La violencia intrafamiliar se ha dado en proporciones semejantes entre hombres y mujeres hasta la implantación de las llamadas políticas de género en que parece abrirse una brecha (es imposible de probar con los datos que se proporcionan) entre muertes de mujeres y hombres, como muestra el gráfico que aportamos.

En este tipo de violencia hay otras variables como son la violencia que se ejerce sobre los niños y las personas mayores, padre, madre, abuelos. El propio Ministerio de Justicia cifró en 2005, justificando la reforma del código civil en materia de divorcio, que el 73% de la violencia ejercida  en el ámbito familiar era debida a los conflictivos procesos de separación y divorcio que tenían lugar en España. Es una consecuencia
 de haber eliminado la mediación  y dificultado la custodia compartida aumentando la litigiosidad en los procesos de divorcio.

Sin embargo la Ley Integral sobre la Violencia de Género mezcla intencionadamente ambos conceptos.

Artículo primero: La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia

La razón de esta mezcla es totalmente interesada ya que con las estadísticas de la primera definición de violencia de género no se podría haber llegado a unos resultados de violencia de género que justificaran  las políticas clientelistas de género de los últimos diez años.

  1. En tercer lugar algunos organismos como la Red de Institutos de la Mujer o el Centro Reina Sofía ( lo que resulta increíble en una organización que pretende ser un referente internacional para el estudio de la violencia) ocultan e incluso borran o no contemplan la variable hombre y se utilizan de manera poco rigurosas las variables niños y personas mayores tanto en las estadísticas de violencia de género como en las de violencia doméstica, lo que da como resultado una serie de estadísticas falsas; ya que no se puede definir matemáticamente una variable al margen del resto de las variables de la población. De lo contrario se definirían las variables con criterios acientíficos e interesados, que es de hecho lo que ocurre.

Es por ello que en el cuadro que se adjunta varíen los resultados de muertes tanto de hombres como de mujeres de manera significativa dependiendo de qué organismo haya recopilado y expuesto los datos. Esto es especialmente claro cuando se ofrecen datos sobre muertes de hombres  con una variabilidad que no puede sostenerse en estadística.

D) En cuarto lugar existen cambios de variables respondiendo a acontecimientos políticos

  1. En el año 2001 se amplia la variable agresor de ex-cónyge a separado, divorciado, compañero sentimental, novio y exnovio. Lógicamente las estadísticas de muertes aumentan. Se trata de los años previos a la entrada en vigor de la Ley Integral sobre la violencia de género. Por otro lado sigue siendo imposible diferencia si las muertes son debidas a violencia doméstica o de género. De hecho se produce también un incremento en las estadísticas de hombres muertos
  2. En ese mismo año el Observatorio del Consejo del Poder Judicial empieza a recabar datos sobre las muertes de mujeres pero no coínciden con los datos del Ministerio del Interior
  3. En el año 2007 se produce un apagón estadístico del Ministerio del Interior, pues los datos del Ministerio no coincidían con los del Observatorio del CPJ. El Ministerio deja de ofrecer datos de muertes de mujeres y hombres por violencia doméstica y prevalencen los datos del Observatorio del Consejo del Poder Judicial ( Formado exclusivamente por juristas mujeres). Hay que tener en cuenta que, a pesar de la promulgación de la Ley Integral de Violencia de Género, las muertes de mujeres y también de hombres según el criterio definido en 2001 aumentaba año tras año, lo que dejaba claro la ineficacia de dicha ley. ( En dicho año más de 200.000 hombres han pasado por los calabozos y han sido citados a los tribunales especiales de violencia sobre la mujer con resultados contraproducentes) Desde el año  2005 al 2010 el número de hombres detenidos es de 980.000 y 97.000 procesos civiles se han convertido en procesos penales por una simple denuncia de una mujer demandante.
  4. Se cambian de nuevo las variables ( desconocemos los nuevos criterios) A partir de ese momento en las memorias del Observatorio del CGPJ además de la falta de discernimiento entre violencia de género y violencia doméstica, aparecen también de forma confusa los conceptos de muertes de mujeres y hombres en general  y mujeres y hombres muertos a manos de sus parejas. En las  estadísticas del Ministerio del Interior estos datos estaban claros desde que se hizo dicha diferenciación. Hay pues un baile de cifras incoherentes que responden a diferentes criterios . Es por tanto imposible sacar un gráfico a partir del año 2007.

E) En quinto lugar, cuando se definen las variables arbitrariamente, sin tener en cuenta la población global, no se hace ciencia. Excepto el Ministerio del Interior todos las demás instituciones no establecen la misma definición conceptual para ambas variables. La variable “ muerte de mujer” está arbitrariamente definida. Se ha definido sin tener en cuenta el total de la población que en este caso consta de dos variables : mujeres y hombres. Si definimos de este modo las variables independientemente del conjunto de la población la definición será arbitraria por principio ( se podría definir de manera diferente para el hombre y para la mujer). Es lo que está ocurriendo.

Así pues la estadística de muertes de hombres y mujeres que se manejan para las políticas de género, además de mezclar los conceptos de violencia de género y violencia doméstica, lo cual da un tipo de falsedad matemática, tampoco es fiable  a causa de la definición unilateral de las variables. Es llamativo el caso del año 2009 que resultó uno de los años con más muertes de mujeres y sin embargo la estadística refleja una caída significativa de dichas muertes. Lo cierto es que este incremento por un lado justificaba el mantenimiento de las políticas de género, pero por otro era una prueba inequívoca de la ineficacia de la ley integral de violencia de género.

F) Además se ha permitido la creación en el seno del Consejo del Poder Judicial de un OBSERVATORIO DE VIOLENCIA que nunca ha aclarado si lo es de VIOLENCIA DOMÉSTICA  o VIOLENCIA DE GÉNERO, cuya constitución no es paritaria en cuanto a los dos sexos, que no ha sometido sus datos a la verificación de la comunidad científica a pesar de la importancia de las importantes decisiones políticas y sociales que se apoyan en los mismos y que se arroga objetivos ajenos a la la igualdad e imparcialidad con que la justicia debe tratar a todos los ciudadanos: promociona la ideología de género,promociona políticas de género, otorga premios a veces incluso a magistrados basados en la discriminación sexual, etc.
 

Nota.-   Esta situación  de manipulación de las estadísticas no es nueva . En EEUU, en el año 1986 se ocultaron los datos de las muertes de hombres por violencia doméstica con el objetivo de recibir una ayuda de 10 millones de dólares para un programa de violencia contra la mujer de dos años. En 1999, trece años más tarde, las profesoras Marilyn I. Know y Kim Bartholomew de Simón Frazer University y University of British Colummbia descubrieron el fraude